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Transparencia en Bogotá
Mapa anticorrupción en las entidades distritales

Pese a la obligación que tienen las entidades distritales de elaborar mapas de riesgos, según la Ley 87 de 1993 y el Decreto 1537 de 2001, se ha propuesto la creación de un mapa anticorrupción donde se identifiquen plenamente las actividades, trámites o gestiones más propensas a este flagelo.
Para desarrollar esta mapa se requiere la participación decidida de las entidades distritales, es decir de las que conforman los doce (12) sectores de la Administración Distrital1, en donde describan auténticamente las actividades que consideraban más riesgosas o con mayor riesgo de vulnerabilidad.
De igual forma, este mapa se podría alimentar con la información que contienen los diferentes estudios de responsabilidad fiscal adelantados por la Contraloría de Bogotá, los disciplinarios de la Personería de Bogotá y las quejas que presentan los ciudadanos en la Veeduría Distrital. Adicionalmente, otro insumo podrían ser las quejas depositadas en una “urna anticorrupción”, en donde visitantes, usuarios y/o los propios funcionarios dejen sus observaciones respecto de actividades que consideran irregulares.
Si bien es cierto que este mapa de ninguna manera permitiría concluir que una entidad sea más o menos corrupta, si permite generar herramientas focalizadas para blindar y evitar que se sigan presentando actos irregulares contra la administración pública capitalina.
Finalmente, conviene resaltar que cualquier acción que se diseñe, estructure e implemente para combatir este flagelo es valiosa en la medida que ayuda a cerrarle las puertas a la corrupción, nadie dispone de una “barita mágica” que corte de tajo este problema social que nos mantienen en el subdesarrollo.
1 Acuerdo 257 de 2006 "POR EL CUAL SE DICTAN NORMAS BÁSICAS SOBRE LA ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ORGANISMOS Y DE LAS ENTIDADES DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL, Y SE EXPIDEN OTRAS DISPOSICIONES"
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